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Se convocan para el ejercicio del año 2024, ayudas correspondientes a actuaciones de promoción, dinamización, y digitalización del comercio minorista, realizadas por entidades sin ánimo de lucro de empresarios de comercio.

 

Beneficiarios

 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones u otros organismos intermedios, que promuevan actuaciones objeto de subvención, y que sean seleccionadas conforme a los criterios de valoración aplicables en cada uno de ellos, según el epígrafe en que se desarrollan.

 

Actuaciones subvencionables

 

Las actuaciones subvencionables, que deberán estar facturadas y pagadas dentro del periodo establecido en la convocatoria y haberse ejecutado antes de finalizar el año 2024, se destinarán a financiar las siguientes actividades:

Actividades de promoción, dinamización y apoyo a la distribución comercial y contratación del personal necesario para estas actividades

a) La promoción y publicidad de las actuaciones realizadas por entidades sin ánimo de lucro dirigidas al fomento de las actividades de dinamización comercial del comercio minorista.

b) El apoyo a medios logísticos de distribución comercial concertados por la asociación, para el servicio a sus asociados.

c) La contratación del personal necesario para llevar a cabo estas actividades, durante la mayor parte de su jornada laboral, ya sea a tiempo completo o parcial, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas. En concreto son subvencionables los perfiles de dinamizador o gerentes comerciales, que realicen las tareas de impulso y organización de las actividades de promoción, publicidad o formación para el comercio minorista asociado, incluyendo la dinamización de páginas web u otras herramientas de comunicación, publicidad y promoción que la asociación de comerciantes disponga.

Digitalización del pequeño comercio minorista

a) Actividades de digitalización del pequeño comercio minorista, tales como: actividades formativas, marketing digital, redes sociales y web, analítica de datos, ventas con comercio electrónico y en “market places”, o transformación digital, aplicaciones para teléfonos móviles u otro tipo de medios digitales que sirvan para promocionar el comercio o fidelizar clientes, accesibilidad de contenidos digitales para personas con discapacidad, entre otras.

b) La contratación del personal necesario que preste servicios a las asociaciones en materia de digitalización, durante la mayor parte de su jornada laboral, ya sea a tiempo completo o parcial, aunque no se haya solicitado subvención para la realización de las mismas, o la asistencia técnica para la prestación de dichos servicios. En concreto son subvencionables los perfiles del empleado o la prestación de la asistencia técnica en materia de digitalización, nuevas tecnologías, redes sociales y gestión de productos en plataformas de comercio electrónico propias o ajenas, o en aquellas plataformas que tengan un sistema de fidelización personalizado para el consumidor con análisis de resultados.

 

Cuantía

 

Las ayudas relativas a los gastos para la promoción, publicidad, distribución comercial y digitalización, así como para la contratación laboral de dinamizadores o gerentes el 80%, excepto en los casos en los que se solicite subvención para la contratación de más de un gerente o dinamizador comercial, cuya ayuda para los gastos subvencionables de la contratación del segundo y siguientes
gerentes y dinamizadores comerciales será el 60%.

La ayuda relativa al personal contratado que preste sus servicios en materia de digitalización será del 80%, pudiéndose contratar una o varias personas, pero siendo subvencionable únicamente como máximo la contratación del equivalente a un puesto de trabajo a tiempo completo, con una duración mínima de seis meses en contratos temporales, o 5 meses en contratos indefnidos, salvo que el cese de la relación laboral sea por causas exclusivamente imputables al trabajador.

 

Plazo

 

El plazo para presentar solicitudes finaliza el 17 de abril de 2024.

Orden completa

Ayudas para asociaciones empresariales de comercio
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