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Se publica (BOE 28/12/2022) el Real Decreto 1058/2022, de 27 de diciembre, sobre actualización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2023, con entrada en vigor el día 1 de enero de 2023.

Desarrollando lo previsto en la recientemente publicada Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, este real decreto establece una revalorización general de las pensiones y otras prestaciones abonadas por el sistema de la Seguridad Social, así como de Clases Pasivas del Estado, del 8,5 %.

De acuerdo con el RD las cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para 2023 serán:

Clase de pensión Titulares
Con cónyuge a cargo (Euros/año) Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal
(Euros/año)
Con cónyuge no a cargo
(Euros/año)
Jubilación      
Titular con sesenta y cinco años 13.526,80 10.963,40 10.406,20
Titular menor de sesenta y cinco años 12.682,60 10.256,40 9.695,00
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran invalidez 20.290,20 16.445,80 15.610,00
Incapacidad permanente      
Gran invalidez 20.290,20 16.445,80 15.610,00
Absoluta 13.526,80 10.963,40 10.406,20
Total: Titular con sesenta y cinco años 13.526,80 10.963,40 10.406,20
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años 12.682,60 10.256,40 9.695,00
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años 8.082,20 8.082,20 8.012,20
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años 13.526,80 10.963,40 10.406,20
Viudedad      
Titular con cargas familiares 12.682,60
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 10.963,40
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años   10.256,40  
Titular con menos de sesenta años 8.306,20

 

Clase de pensión Euros/año
Orfandad  
Por beneficiario 3.353,00
Por beneficiario menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100 6.592,60
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 8.306,20 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios  
Prestación de orfandad  
Un beneficiario 9.800,00
Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios 16.520,00
En favor de familiares  
Por beneficiario 3.353,00
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:  
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años 8.099,00
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años 7.632,80
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 4.953,20 euros/año entre el número de beneficiarios  

Real Decreto completo

Actualización de las pensiones para 2023
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