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Se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a pequeñas y medianas empresas dentro del Programa de Apoyo a los Digital Innovation Hubs, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se efectúa la primera convocatoria.

La finalidad de las ayudas es impulsar la innovación y la adopción de tecnologías digitales disruptivas por parte de pymes de cualquier sector productivo, financiando la prestación de servicios por parte de entidades pertenecientes a los EDIH a las pymes beneficiarias de las ayudas.

 

Beneficiarios

 

Podrán tener la condición de beneficiarias las pymes válidamente constituidas  con personalidad jurídica propia y domicilio fiscal en España.

 

Actuaciones subvencionables

 

Las actuaciones objeto de las ayudas que se regulan en esta orden consistirán en servicios que faciliten la adopción de soluciones de digitalización disruptivas por parte de sus beneficiarios. Estos servicios atenderán a la siguiente tipología de servicios:

  • Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías
  • Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas
  • Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología
  • Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología
  • Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación

 

El beneficiario podrá obtener la subvención para la contratación de uno o varios de los servicios indicados, con uno o varios EDIH, hasta el importe máximo por beneficiario. Adicionalmente, el beneficiario, sumando todas las subvenciones obtenidas para un tipo de servicio concreto no podrá superar el importe máximo establecido para ese tipo de servicio.

 

Cuantía

 

  • Asesoramiento inicial para la implantación de tecnologías: cuantía máxima 10.000 euros.
  • Ensayo y experimentación, incluidas las pruebas de concepto tecnológicas: cuantía máxima 20.000 euros.
  • Formación para la adquisición de conocimientos básicos para la implementación y posterior gestión de la tecnología: cuantía máxima 5.000 euros.
  • Asesoramiento en la búsqueda de financiación para la implementación de la tecnología: cuantía máxima 5.000 euros.
  • Apoyo para el acceso a redes y ecosistemas de innovación: cuantía máxima 5.000 euros

La cuantía máxima total, incluyendo la suma de los distintos servicios según su tipología, para todas las subvenciones concedidas por beneficiario dentro de esta convocatoria, es de 30.000 euros para cualquier entidad

 

Plazo

 

Las solicitudes se podrán presentar una vez trascurridos veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y hasta
el 30 de septiembre de 2025. Este plazo concluirá antes si se agotase el crédito presupuestario.

Orden completa

Ayudas a pymes para impulsar la innovación y la adopción de tecnologías digitales disruptivas
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