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A la espera de la publicación en el BOE y de las matizaciones en el contenido que resulten de las consultas a las diversas CCAA y estudio de los datos que se envíen por estas, se adjunta la información facilitada por el Gobierno con desarrollo del denominado “Plan de vuelta a la normalidad”, una suerte de cronograma de su actuación en las próximas fechas.

Las actividades afectadas – siempre a espera del detalle de la norma que se publique – se pueden deducir de la información que se adjunta, destacándose que los detalles de las fases, las actividades permitidas y sus condicionantes, se establecen en el Anexo II del presente Plan:

 

Fase 0 o de preparación de la desescalada

 

Es la situación a fecha de hoy, caracterizada por el establecimiento de medidas de alivio comunes para todo el país una vez doblegada la curva de contagios, permitiendo la movilidad fuera del domicilio, fundamentalmente en el ámbito privado, y medidas con un riesgo asociado de contagio muy bajo o nulo, siempre que se cumplan las indicaciones de seguridad, en base a la responsabilidad y autoprotección de los ciudadanos (actividad deportiva individual sin contacto y paseos, atención de huertos familiares, algunas actividades económicas con control de aforo, etc.).

Durante esta fase se podrán adoptar medidas que afecten exclusivamente a determinados territorios. En particular, islas sin movilidad exterior y con tasas de contagio prácticamente nulas.

 

Fase I o inicial

 

En función del cumplimiento de los indicadores del panel de indicadores en los diferentes territorios, se permitirá la apertura parcial de actividades, en particular, actividades económicas como pudieran ser la apertura del pequeño comercio con cita previa o servicio en mostrador, restaurantes y cafeterías con entrega para llevar, actividades en el ámbito agrario, actividades deportivas, profesionales, alojamientos turísticos sin utilización de zonas comunes y con restricciones, entre otras actividades.

 

Fase II o intermedia

 

En esta fase se plantea la apertura parcial de actividades que se mantienen restringidas en la fase I, con limitaciones de aforo, como restaurantes con servicio de mesa y terrazas, zonas comunes de alojamientos turísticos, grandes superficies comerciales, etc.

 

Fase III o avanzada

 

En esta fase se prevé la apertura de todas las actividades, pero siempre manteniendo las medidas oportunas de seguridad y distancia. Entre las medidas a contemplar en esta fase, la apertura del comercio minorista que no hubiera abierto con anterioridad, con limitación de aforo, bares y discotecas con aforo muy limitado, museos y espectáculos culturales, también con asistencia limitada, etc.

 

Nueva normalidad

 

Terminan las restricciones sociales y económicas, pero se mantiene la vigilancia epidemiológica, la capacidad reforzada del sistema sanitario y la autoprotección de la ciudadanía.

 

Se acompaña a este Plan del Anexo III, que incorpora un cronograma orientativo, reflejo de un escenario de recuperación progresiva en el que la secuencia de la desescalada se produce de manera sucesiva y sin regresiones. Este cronograma inicial puede estar sujeto a variaciones que se irán comunicando adecuadamente y no necesariamente será simétrico en todo el territorio nacional.

En definitiva, las fechas concretas y la evolución real dependerá del comportamiento y el control de la pandemia, así como de la capacidad para ir superando las diferentes fases, en las condiciones establecidas en el Plan.

Plan para la transición hacia una nueva normalidad

Anexo I: Panel de indicadores

Anexo II: Previsión orientativa del levantamiento de restricciones

Anexo III: Cronograma orientativo

Plan de vuelta a la normalidad
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