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  • CEPYME Zaragoza activa una herramienta de apoyo a empresas y autónomos afectados por las riadas en el Campo de Belchite y zonas limítrofes

    CEPYME Zaragoza activa una herramienta de apoyo a empresas y autónomos afectados por las riadas en el Campo de Belchite y zonas limítrofes

     

    CEPYME Zaragoza ha puesto en marcha una herramienta digital destinada a recabar información sobre los daños sufridos por empresas, comercios, autónomos y explotaciones agrícolas como consecuencia de las intensas lluvias e inundaciones registradas el pasado 13 de junio en la Comarca del Campo de Belchite y otras zonas limítrofes de las provincias de Zaragoza y Teruel.

    Este episodio meteorológico extremo, calificado por la Agencia Estatal de Meteorología como un “tren convectivo”, provocó precipitaciones torrenciales en un corto periodo de tiempo, con registros de hasta 115 litros por metro cuadrado en apenas 40 minutos en numerosas localidades. Municipios como Azuara, Letux, Almonacid de la Cuba, Vinaceite o Herrera de los Navarros se vieron gravemente afectados, con calles anegadas, viviendas inundadas y cuantiosos daños materiales 

    En respuesta a esta situación, CEPYME Zaragoza, en colaboración con CEPYME Aragón, ha habilitado una plataforma web que permitirá a los afectados registrar de forma sencilla los daños sufridos, describir su alcance y adjuntar documentación gráfica. Esta herramienta, que ya fue utilizada con éxito tras las lluvias torrenciales de julio de 2023 en Cuarte y Zaragoza, tiene como objetivo centralizar la información y facilitar su traslado a las administraciones competentes para la solicitud de ayudas a la administración.

    Asimismo la organización empresarial incide en la importancia de coordinación ante la posibilidad de una declaración de “zona catastrófica”, pues es de vital importancia que ante la dimensión de este tipo de fenómenos, cada vez más frecuentes, se traslade la información de manera clara para evaluar las cuantías  de los daños registrados  y las posibles coberturas.

    CEPYME Zaragoza subraya la importancia de contar con datos verificados y actualizados para agilizar los trámites de evaluación y compensación de seguros. Además de los daños en frutales y cultivos, los días posteriores a la riada están siendo clave para las labores de limpieza y para la comunicación de siniestros a las compañías aseguradoras.

    CEPYME Zaragoza reitera su compromiso con el tejido empresarial aragonés y hace un llamamiento a todos los afectados para que utilicen esta herramienta.

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  • Descárgate ya el nuevo cartel de nuestra campaña #PrevieneProtegeCrece sobre temperaturas extremas

    Descárgate ya el nuevo cartel de nuestra campaña #PrevieneProtegeCrece sobre temperaturas extremas

     

    CEPYME Aragón, en colaboración con el Gobierno de Aragón, impulsa la cultura preventiva en las pymes con la campaña #PrevieneProtegeCrece.

    En su apuesta firme por la mejora continua de las condiciones laborales y la promoción de entornos de trabajo seguros, saludables y sostenibles, CEPYME Aragón ha puesto en marcha una nueva campaña de sensibilización en materia de prevención de riesgos laborales bajo el lema #PrevieneProtegeCrece.

    La iniciativa, que cuenta con la financiación del Gobierno de Aragón, está especialmente dirigida al tejido empresarial aragonés, con un enfoque centrado en las pequeñas y medianas empresas, auténtico motor económico y social de la Comunidad Autónoma.

    La campaña tiene como objetivo principal fomentar una cultura preventiva sólida, que reconozca la seguridad y salud laboral no solo como una obligación normativa, sino como un valor estratégico para la gestión empresarial. En este sentido, se articula en torno a diez carteles divulgativos, diseñados con mensajes breves, claros y visualmente impactantes, que abordan de forma directa temáticas clave en prevención.

    El lema #PrevieneProtegeCrece refleja la filosofía que impulsa esta campaña: la prevención como base del crecimiento empresarial.

    Proteger la salud y seguridad de las personas trabajadoras no solo es una obligación ética y legal, sino también una inversión que contribuye a mejorar la productividad, la reputación corporativa y la sostenibilidad de las organizaciones. Este enfoque sitúa a las personas en el centro de la acción preventiva, reconociéndolas como el principal activo de las empresas.

     

    Tercer cartel de la campaña: Prevención de riesgos frente a temperaturas extremas

     

    La temática de este tercer cartel responde a una preocupación de primer orden para los responsables de seguridad y salud en las empresas, se trata de la prevención de riesgos laborales frente a las temperaturas extremas.

    Con este cartel se pretende poner en valor la importancia de adoptar las medidas necesarias para proteger a las personas trabajadoras de la exposición a temperaturas extremas.

    En esta época del año en la que las temperaturas son muy elevadas es importante realizar un recordatorio sobre las obligaciones en materia preventiva que marca la legislación vigente..

    Con esta acción, CEPYME Aragón reafirma su voluntad de ser un agente activo en la promoción de la cultura preventiva y en el acompañamiento a las pymes aragonesas en su camino hacia una gestión más humana, responsable y competitiva.

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  • Nueva convocatoria permanente del PEAC: Mantenimiento de piscinas y otras actividades acuáticas

    Nueva convocatoria permanente del PEAC: Mantenimiento de piscinas y otras actividades acuáticas

     

    ¿Tienes experiencia laboral pero no un título que la respalde?

     

    El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias (PEAC) te permite acreditar oficialmente las competencias profesionales que has adquirido a través de tu experiencia laboral o de vías no formales de formación. Gracias a este proceso, podrás obtener un título de Formación Profesional o un Certificado de Profesionalidad relacionado con tu cualificación.

    La Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón ha abierto una convocatoria permanente, lo que significa que no hay un plazo concreto de inscripción: podrás inscribirte en cualquier momento, siempre que cumplas los requisitos de acceso.

     

    Nueva convocatoria permanente

     

    CÓDIGO NIVEL DENOMINACION_CF_CP
    SEAQ201 2 Cualificación de MANTENIMIENTO DE PISCINAS Y OTRAS ACTIVIDADES ACUÁTICAS

     

    Más información

     

    ¿Cómo realizar la inscripción?

     

    A través de la página web de la Agencia de las Cualificaciones Profesionales encontrarás el apartado convocatorias, convocatorias permanentes , busca en el desplegable la convocatoria que te interesa y completa todos los campos en la aplicación informática SIGPEAC.

     

    ¿Tienes alguna duda?

     

    CEPYME Aragón colabora con la Agencia de las Cualificaciones en la labor de difusión e información de estos procedimientos.

    Si necesitas ayuda para realizar la inscripción en el procedimiento o necesitas orientación, te puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico peac@cepymearagon.es  o llamando al 976 76 60 60.

  • Cambios clave en la normativa de tasación inmobiliaria

    Cambios clave en la normativa de tasación inmobiliaria

     

    La Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras, establece las normas para el cálculo del valor de tasación de bienes inmuebles y de determinados derechos reales para las finalidades contempladas en su ámbito de aplicación y la emisión de informes y certificados en los que se formalizan.

    Dichas normas son de aplicación siempre que el valor de tasación se utilice para alguna de las finalidades establecidas en su artículo 2, que incluyen la garantía hipotecaria de créditos o préstamos que formen o vayan a formar parte de la cartera de cobertura de títulos hipotecarios; determinación del valor razonable y la valoración de activos de entidades aseguradoras y reaseguradoras; la determinación del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva inmobiliarias y la determinación del patrimonio inmobiliario de los fondos de pensiones.

    A continuación enumeramos las novedades más destacables en esas normas de valoración.

     

    Nuevas figuras administrativas

    La inclusión de nuevas figuras administrativas con la finalidad de agilizar la gestión urbanística. Se trata por lo general de títulos habilitantes o autorizaciones administrativas previstas para los casos de edificios en construcción o en rehabilitación y que, sin perjuicio de la necesidad de obtención ulterior de la licencia de obras, permite iniciar la ejecución de las obras tras la comprobación y validación de unos requisitos básicos o esenciales, aclarándose en la orden las características que deben tener estas autorizaciones administrativas previas a la licencia de obra para que puedan ser empleadas a efectos de obtener una tasación válida para las finalidades recogidas en el artículo 2 de la orden.

     

    Consideraciones medioambientales

    Se establecen los elementos a tener en cuenta en la valoración de inmuebles. Por ello, se considera relevante incluir consideraciones medioambientales, en la medida en que impacten en el valor del inmueble. Así, la eficiencia energética es un parámetro cada vez más relevante, que influye en el coste que los propietarios o arrendatarios tendrán que asumir en relación con el consumo energético que se realice y que, por lo tanto, puede afectar al valor del inmueble. Se establece como requisito documental, a efectos de la tasación, la aportación del Certificado de Eficiencia Energética.

     

    Se modifica el plazo para la actualización de las tasaciones

    Se ajusta la definición de «actualización de una tasación» eliminando que el plazo para la actualización de las tasaciones a efectos la determinación de valor contable de empresas aseguradores y reaseguradoras sea de 3 años y que, por ende, pasa a ser de dos años; se introduce la obligación de que el informe de tasación contenga un índice al inicio, para facilitar la localización de la información; se extiende la obligación de firma electrónica del informe a todos los intervinientes que firman la tasación, para asegurar que todos refrendan su contenido; se elimina la posibilidad de utilizar una fotocopia del libro de Registro de la propiedad, con el fin de garantizar que se recoge la realidad actualizada de la finca registral.

    De igual manera, se requiere disponer del proyecto visado en los casos de edificios en construcción, además de la documentación catastral –para todos los inmuebles– cuando ésta exista. Además, se corrigen ciertas referencias internas a la orden y a otras normativas que pueden ser confusas.

     

    Debe justificarse el tipo de superficie adoptada

    Respecto de los criterios de valoración, se establece que debe justificarse el tipo de superficie adoptada cuando no se trate de la útil comprobada, dado que ésta es generalmente considerada la superficie más relevante a efectos de valoración del inmueble. También se deberá justificar el uso de una superficie que no sea la útil comprobada en el momento de homogeneización valorativa que se realice para el cálculo del valor por comparación. Se modifica también la definición de superficie útil, para eliminar las referencias a los elementos exteriores, con el fin de ajustar la superficie utilizada a la que influye de forma significativa en el valor del bien.

     

    Obligación de valoración de espacios

    Con el mismo objetivo, se introduce la obligación de valorar de forma independiente los espacios cuyo valor se considere independiente del inmueble.

     

    Uso de testigos

    Respecto del uso de testigos en la tasación, se modifica la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, para introducir dos cambios: por un lado, se busca que las sociedades de tasación puedan identificar las fuentes utilizadas, mencionando dicho objetivo de forma expresa en el artículo sobre el cálculo del valor por comparación y explicitando que debe indicarse cuál es la fuente de cada testigo; por otro lado, se deberá justificar la ponderación de los testigos usada por la sociedad en la valoración.

    Todos estos cambios persiguen el objetivo de ampliar la información sobre el uso de testigos, dado que son un elemento fundamental en el método de valoración por comparación.

     

    Valoración por comparación

    Se introduce otro cambio en el método de valoración por comparación, que implica que se debe indicar si se ha homogeneizado el valor unitario o el valor total del inmueble. Esto está alineado con la introducción de justificaciones en otras elecciones, que buscan facilitar la comprensión del proceso seguido para el cálculo del valor por comparación.

     

     

    Valoración mediante métodos automatizados

    En esta orden se incluyen, además, reglas fundamentales para la valoración mediante métodos automatizados, cuyo uso se prevé en el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, de transposición de directivas de la Unión Europea.

    Orden completa

  • Ayudas para cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales

    Ayudas para cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales

     

    El INAEM convoca subvenciones destinadas a fomentar el empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales, con una dotación total de 675.000 euros.

    El objetivo de este programa, gestionado por el Instituto Aragonés de Empleo, es facilitar la incorporación de personas desempleadas y de personas trabajadoras que tuviesen contrato de trabajo temporal o indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socias, así como apoyar inversiones necesarias para el desarrollo de estas entidades y ofrecer asistencia técnica que mejore su competitividad y sostenibilidad.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón para las siguientes actuaciones:

    • Incorporación con carácter indefinido de personas socias trabajadoras a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.
    • Adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales ya constituidas.
    • Prestación de asistencia técnica.

     

    Líneas de ayuda

     

    Subvención por incorporación de personas socias trabajadoras

    Esta línea de ayuda tiene como finalidad fomentar el empleo estable en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales mediante la incorporación indefinida de nuevas personas socias trabajadoras. Está dirigida tanto a personas desempleadas, como a aquellas que ya trabajaban en la entidad con un contrato temporal o indefinido y que pasan a integrarse plenamente como socias trabajadoras.

    La jornada laboral podrá ser a tiempo completo o parcial, siempre que esta última no sea inferior al 50% de la jornada habitual. En caso de jornada parcial, la subvención se ajustará proporcionalmente al porcentaje de jornada trabajada.

     

    Subvención directa por inversión

    Esta línea está destinada a apoyar económicamente las inversiones realizadas por cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales durante sus primeros cinco años de actividad. Su objetivo es facilitar la creación, modernización y consolidación de estas entidades, contribuyendo a su sostenibilidad y crecimiento.

     

    Subvención para asistencia técnica

    Está orientada a mejorar la gestión, organización y viabilidad de los proyectos empresariales mediante la contratación de servicios de asistencia técnica especializada. La subvención puede solicitarse para cuatro tipos de actuaciones:

    • Contratación de una persona externa como directora o gerente
    • Realización de estudios de viabilidad
    • Organización o comercialización
    • Obtención de informes económicos, auditorías o asesoramiento especializado en áreas clave como innovación, digitalización o mejora de procesos.

     

    Cuantía

     

    Subvención por incorporación de personas socias trabajadoras

    El importe de la subvención varía en función de la situación de la persona incorporada. Parte de una ayuda base de 5.500 euros para personas desempleadas o trabajadoras ya vinculadas a la entidad. Esta cuantía se incrementa a 6.000 euros si la persona tiene más de 45 años o menos de 30, y a 6.500 euros si se trata de una persona desempleada de larga duración. En casos de especial vulnerabilidad, como personas con discapacidad, perceptoras del Ingreso Mínimo Vital o en riesgo de exclusión social, la ayuda asciende a 8.000 euros, y puede alcanzar los 9.000 euros si la persona incorporada es una mujer víctima de violencia de género.

    Además, se contemplan incrementos adicionales: 500 euros si la persona incorporada es mujer (salvo en el caso anterior), y entre 500 y 1.000 euros más si el centro de trabajo está ubicado en un municipio aragonés de menos de 5.000 habitantes. Todos estos incrementos son acumulables.

     

    Subvención directa por inversión

    La ayuda cubrirá hasta el 50% del coste de adquisición de los activos, excluidos impuestos, con un límite máximo de 20.000 euros por entidad y convocatoria.

     

    Subvención para asistencia técnica

    La ayuda cubrirá hasta el 75% del coste de los servicios prestados, con un límite máximo de 20.000 euros en un período de cinco años.

     

    Plazo

     

    Los plazos para la presentación de solicitudes de las distintas modalidades de subvenciones son las siguientes:

    • Para la línea de subvenciones por incorporación de personas socias trabajadoras: un mes contado desde la fecha de alta en Seguridad Social o, cuando se trate de personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato de trabajo o relación de carácter temporal o indefinida, desde la fecha de su incorporación como persona socia trabajadora con carácter indefinido.
    • Para la línea de subvención directa para inversiones: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo ejecutable.
    • Para la línea de subvención de asistencia técnica por contratación de director o gerente: un mes a contar desde la fecha de alta en Seguridad Social.
    • Para la línea de subvención de asistencia técnica por contratación de estudios, informes o asesoramiento: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo subvencionable.

    Más información

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