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Resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputos de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2018.

CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2018.

Recordamos que, de acuerdo con el artículo 30.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.

Son días inhábiles:

  1. En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no han ejercido la facultad de sustitución.
  2. En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
  3. En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

Los días inhábiles a que se refieren los puntos 1 y 2 de este apartado se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, a continuación:

Enero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.

Febrero: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 28: Inhábil en la CC.AA. de Andalucía.

Marzo: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en la CC.AA. de Illes Balears.
Día 19: Inhábil en las CC.AA. de: Valencia y Murcia.
Día 29: Inhábil en las CC.AA.de: Andalucía, Aragón Asturias, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, La Rioja, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla.
Día 30: Inhábil en todo el territorio nacional.

Abril: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 2: Inhábil en las CC.AA. de: Illes Balears, Cataluña, Valencia, Navarra y País Vasco.
Día 23: Inhábil en las CC.AA. de: Aragón y Castilla y León.

Mayo: Todos los sábados y domingos del mes. Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 2: Inhábil en la CC.AA. de Madrid.
Día 17: Inhábil en la CC.AA. de Galicia.
Día 30: Inhábil en la CC.AA. de Canarias.
Día 31: Inhábil en la CC.AA. de Castilla-La Mancha.

Junio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en las CC.AA. de: Murcia y La Rioja.

Julio: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 25: Inhábil en la CC.AA. de Galicia.
Día 28: Inhábil en la CC.AA. de Cantabria.

Agosto: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 15: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 22: Inhábil en las CC.AA. de: Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla.

Septiembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 8: Inhábil en las CC.AA. de: Asturias y Extremadura.
Día 11: Inhábil en la CC.AA. de Cataluña.
Día 15: Inhábil en la CC.AA. de Cantabria.

Octubre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 9: Inhábil en la CC.AA. de Valencia.
Día 12: Inhábil en todo el territorio nacional.

Noviembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 1: Inhábil en todo el territorio nacional.

Diciembre: Todos los sábados y domingos del mes.
Día 6: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 8: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 25: Inhábil en todo el territorio nacional.
Día 26: Inhábil en la CC.AA. de Cataluña.

Calendario de días inhábiles para la Administración General del Estado
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