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Como es habitual, se publican las fiestas laborales, de carácter retribuido, no recuperables e inhábiles para el año 2023 en la Comunidad Autónoma de Aragón, que serán las siguientes:

  • 2 de enero, lunes, en sustitución del día 1 de enero, domingo, Año Nuevo
  • 6 de enero, viernes, Epifanía del Señor
  • 6 de abril, Jueves Santo
  • 7 de abril, Viernes Santo
  • 24 de abril, lunes, en sustitución del día 23 de abril, domingo, San Jorge, Día de Aragón
  • 1 de mayo, lunes, Fiesta del Trabajo
  • 15 de agosto, martes, Asunción de la Virgen
  • 12 de octubre, jueves, Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre, miércoles, Todos los Santos
  • 6 de diciembre, miércoles, Día de la Constitución Española
  • 8 de diciembre, viernes, Inmaculada Concepción
  • 25 de diciembre, lunes, Natividad del Señor

Se recuerda igualmente que, a los efectos de cómputo de plazos, de acuerdo con el artículo 30.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, serán días inhábiles las fiestas relacionadas en el artículo anterior y las que se determinen como fiestas locales por la autoridad laboral competente de la Comunidad Autónoma de Aragón, a propuesta del Pleno de los ayuntamientos correspondientes.

Decreto completo

Conoce los festivos locales por provincia

Calendario laboral 2023: Festivos en Aragón
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