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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto que por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para 2022 y establece las cuantías que deben regir desde el 1 de enero de 2022, tanto para las personas trabajadoras que son fijas como para las que son eventuales o temporeras, así como para las empleadas y empleados de hogar.

Durante esta legislatura se ha subido el SMI en los años 2020, 2021 y, finalmente, ahora en 2022.  El incremento cuenta con el acuerdo de las organizaciones sindicales CCOO y UGT, pero no de las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME.

 

Cuantía

 

De acuerdo con el RD publicado este martes, el aumento del SMI es de 35 euros para dejarlo en 1.000 euros mensuales en 14 pagas o de 1.166,67 euros mensuales para aquellas personas que tengan las pagas extraordinarias prorrateadas.

El salario mínimo por jornada para cada actividad será de 33,33 euros diarios, lo que supone un incremento del 3,63% euros sobre el SMI preexistente.

Quedan fuera de estas cantidades todas las retribuciones en especie que perciba el trabajador, sin que pueden reducir la cuantía de ese salario a percibir en dinero.

 

Efecto retroactivo

 

El incremento del salario mínimo, pese a aprobarse a finales de febrero, tendrá efectos retroactivos a partir del 1 de enero. Así, a todos los trabajadores que vean aumentados sus sueldos por esta subida del SMI se les tendrá que abonar las cantidades atrasadas.

 

Trabajadores eventuales y temporeros

 

Siempre que no excedan de 120 días de actividad al año en una misma empresa, percibirán una cantidad mínima de 47,36 euros por jornada legal de actividad.

 

Empleados y empleadas de hogar

 

Dado que esta actividad se articula en remuneraciones por hora, se ha precisado un salario mínimo de 7,82€ por hora ef trabajada.

Real Decreto completo

El Consejo de Ministros aprueba la subida del SMI
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