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La gestión por vía telemática con fórmulas de firma/certificación/identificación digital, van siendo obligación común en la práctica diaria tano en las empresas como en el ámbito privado. Por eso, se hace necesario conocer las formas admitidas por la administración (la fiscal en este caso) para la realización de trámites o consultas de todo tipo.

La AEAT acepta las siguientes formas de identificación digital:

 

Cl@ve

Identificación, exclusivamente para personas físicas, que permite realizar un gran número de trámites electrónicos

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Número de referencia

Sistema de autenticación e identificación para personas físicas, que te permitirá realizar determinados trámites y gestiones, fundamentalmente para la campaña de Renta

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Certificado y DNI electrónico

El DNI electrónico es un documento emitido por la Dirección General de la Policía (Ministerio del Interior). Además de acreditar físicamente la identidad personal de su titular permite acreditar electrónicamente y firmar digitalmente documentos electrónicos, otorgándoles una validez jurídica equivalente a la que les proporciona la firma manuscrita.

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TOKEN

Clave temporal para actuar en nombre propio o en nombre de terceros a través del canal telefónico

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¿Cuáles son las formas de identificación digital que admite la Agencia Tributaria?
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