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(BOA 28/05/2021)

 

Se establecen modulaciones en relación con la aplicación de niveles de alerta sanitaria a las actividades de ocio y tiempo libre juvenil, centros de ocio infantil y educación no formal.

 

¿Qué se puede hacer en cada nivel de alerta?

 

Las posibilidades que contempla la orden en las tres fases de alerta sanitaria posibles son las siguientes:

  • Nivel 3 de alerta

Colonias, campos de voluntariado y actividades de aventura: se pueden realizar colonias urbanas sin pernocta, colonias con pernocta en edificaciones o estructuras fijas, en grupos de un máximo de 55 participantes, excluyendo monitores. También se pueden hacer campos de voluntariado juvenil y actividades de aventura al aire libre. Acampadas: no podrán realizarse, entendiendo por acampada toda actividad de alojamiento al aire libre (en tienda de campaña u otros medios móviles destinados a alojarse)

 

  • Nivel 2 de alerta

Colonias, campos de voluntariado y actividades de aventura: se pueden realizar colonias urbanas sin pernocta, colonias con pernocta en edificaciones o estructuras fijas, en grupos de un máximo de 100 participantes, excluyendo monitores. También se pueden hacer campos de voluntariado juvenil y actividades de aventura al aire libre. Acampadas: si podrán realizarse, con un máximo de 75 participantes, excluyendo monitores. Solo se podrán usar tiendas de campaña con una ocupación definida por el fabricante de ocho o más personas y con un aforo del 50% de la ocupación y siempre que la tienda posea dos o más puertas o paredes elevables. En caso de que se lleve a cabo más de una actividad por ubicación/emplazamiento, no podrá superarse el aforo de 150 participantes, más los monitores.

 

  • Nivel 1 de alerta 

Colonias, campos de voluntariado y actividades de aventura: se pueden realizar colonias urbanas sin pernocta, colonias con pernocta en edificaciones o estructuras fijas, en grupos de un máximo de 150 participantes, excluyendo monitores. También se pueden hacer campos de voluntariado juvenil y actividades de aventura al aire libre. Acampadas: si podrán realizarse, con un máximo de 100 participantes, excluyendo monitores. Solo se podrán usar tiendas de campaña con una ocupación definida por el fabricante de ocho o más personas y con un aforo del 50% de la ocupación y siempre que la tienda posea dos o más puertas o paredes elevables. En caso de que se lleve a cabo más de una actividad por ubicación/emplazamiento, no podrá superarse el aforo de 200 participantes, más los monitores.

La autorización para cada una de las medidas dependerá de la fase en la que se encuentre la provincia en la que se ubica el campamento o colonia y, en caso de que esta fase cambie cuando ya haya empezado, no se suspenderá el campamento, campus o colonia ya iniciado.

En todos los niveles de alerta, las actividades deberán realizarse en subgrupos de, como máximo, 20 participantes, más los monitores. Además, se evitará el contacto entre los grupos, se garantizará la distancia social y el uso de mascarilla.

 

Modulaciones aplicables a todos los niveles de alerta

 

Todas las empresas y entidades organizadoras deberán contar con los preceptivos planes de contingencia y ser escrupulosas en el cumplimiento de todas las normas que recoge la orden. 

En esta línea, la Orden establece las medidas que deben aplicarse en todos los niveles de alerta en las actividades de ocio y tiempo libre juvenil, voluntariado juvenil y de educación no formal.

Entre ellas, figuran las siguientes:

  • Usar mascarilla
  • Limitaciones de aforo.
    Al aire libre: las actividades que se desarrollen en recintos al aire libre no podrá superar la asistencia de 20 personas en el nivel 3 ordinario, de 30 personas en el nivel 2 y de 50 personas en el nivel 1, más las personas responsables de la actividad.
    En interior: el aforo máximo de las actividades que se desarrollen en el interior de los locales será del 30% en el nivel 3 ordinario, del 50% en el nivel 2 y del 75% en el nivel 1. Además, deberán organizarse estas actividades en grupos de hasta veinte personas participantes, más los monitores correspondientes, que intentarán trabajar, en la medida de lo posible, sin contacto entre los demás grupos.
  • Las actividades de formación en Escuelas de Tiempo Libre podrán impartirse de modo presencial siempre que no supere el 30% de aforo en el nivel 3 ordinario, el 50% en el nivel 2 y el 75% en el nivel 1.
  • Distancia social. Deberá asegurarse en todo momento que se cumplen y respetan las medidas de distancia social y número máximo de los sub grupos.
  • No estará permitido el consumo de comida y bebida en los recintos cerrados, salvo en aquellos establecimientos adecuados y habilitados para la manutención, cuando dicho servicio esté incluido en la actividad o programa que se vaya a desarrollar.

Orden completa

Restricciones para las actividades de ocio y tiempo libre juvenil, centros de ocio infantil y educación no formal
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