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Limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas.

Se ha publicado la Directiva (UE) 2015/2193 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre la limitación de las emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de las instalaciones de combustión medianas.

La Directiva establece normas para controlar las emisiones al aire de dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas procedentes de las instalaciones de combustión medianas y, así, reducir las emisiones atmosféricas y los riesgos potenciales de tales emisiones para la salud humana y el medio ambiente. Además también establece normas para medir las emisiones de monóxido de carbono (CO).

Se aplicará a las instalaciones de combustión con una potencia térmica nominal superior o igual a 1 MW e inferior a 50 MW («instalaciones de combustión medianas»), con independencia del tipo de combustible utilizado. También se aplicará a una combinación formada por nuevas instalaciones de combustión medianas de acuerdo con el artículo 4, incluida la combinación cuya potencia térmica nominal total sea igual o superior a 50 MW, a menos que dicha combinación sea una instalación de combustión regulada por el capítulo III de la Directiva 2010/75/UE.

Transposición: Los Estados miembros adoptarán, a más tardar el 19 de diciembre de 2017, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva.

Directiva (UE) 2015/2193

Limitación de las emisiones a la atmósfera
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