Categoría: Ayudas y Subvenciones

  • Ayudas a pymes para participar en el Plan Internacional de Promoción: Encuentro empresarial Francia – subsector alimentos frescos

    Ayudas a pymes para participar en el Plan Internacional de Promoción: Encuentro empresarial Francia – subsector alimentos frescos

    ANUNCIO de la Cámara de Comercio de Zaragoza, relativo a la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Encuentro Empresarial Francia – Sector Agroalimentario – Subsector Alimentos Frescos/perecederos, del 10 al 12 de abril de 2018).

    La Cámara de Comercio de Zaragoza anuncia la apertura de convocatoria que tiene por objeto promover la participación en el Programa Plan Internacional de Promoción, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea (Encuentro Empresarial Francia – Sector Agroalimentario – Subsector Alimentos Frescos/perecederos, del 10 al 12 de abril de 2018).

    Beneficiarios

    Pymes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Objeto

    El objeto de la convocatoria es la selección de operaciones realizadas por las Pymes que contribuyan a promover su internacionalización y mejorar su competitividad, con el objetivo de mejorar la propensión a exportar y la base exportadora de la economía española, diversificar los mercados de destino de la exportación española e incrementar la competitividad de la economía española para impulsar España como destino de inversión.

    Cuantía

    La cuantía máxima de las ayudas a otorgar con cargo a esta convocatoria es de 22.370 euros en concepto de subvenciones. Las ayudas serán cofinanciadas en un porcentaje de 50% con cargo a los fondos FEDER, a través del “Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020”.

    Convocatoria

    El texto completo de la convocatoria está a disposición de las empresas en la sede de la Cámara de Zaragoza. Además puede consultarse a través de la web www.camarazaragoza.com.

    Plazo

    El plazo para la presentación de solicitudes se abre al día siguiente de la publicación de este anuncio y finalizará el día 28 de febrero de 2018. El modelo de solicitud de participación podrá descargarse en la web www.camarazaragoza.com

  • Subvenciones a pymes del sector turístico

    Subvenciones a pymes del sector turístico

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    EXTRACTO de la Orden VMV/2277/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan, subvenciones a fondo perdido con destino a empresas para actuaciones de infraestructura turística.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las pequeñas y medianas empresas turís­ticas (PYMES), que realicen efectivamente su actividad dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y se encuentren inscritas en el registro de establecimientos turísticos según la normativa vigente.

    Actuaciones subvencionables

    Se considerarán objeto de subvención aquellas actuaciones que supongan una moderni­zación, impulso y mejora de la calidad de las infraestructuras de los establecimientos turísticos aragoneses como herramienta de impulso de la productividad y competitividad.

    Cuantía

    La cuantía disponible asciende a un importe máximo de 570.000 euros. La subvención podrá alcanzar hasta un máximo del 20% (30% en el caso de las empresas de turismo activo), de los gastos subvencionables para cada actuación. Siendo necesario acreditar una inversión mínima de 10.000 y máxima de 300.000 euros en establecimientos turísticos y una inversión mínima de 2.000 y máxima de 20.000 euros en empresas de turismo activo (sin IVA).

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Ayudas a pymes del sector turístico de Teruel

    Ayudas a pymes del sector turístico de Teruel

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    EXTRACTO de la Orden VMV/2275/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan las ayudas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel del año 2017 con destino a actuaciones en el sector turístico en la provincia de Teruel.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Pequeñas y Medianas empresas turísticas en adelante PYMES, que realicen efectivamente su actividad en la provincia de Teruel y se encuentren inscritas o en trámite de inscripción en el registro de establecimientos turísticos según la normativa vigente.

    Objeto

    Esta orden tiene por objeto convocar ayudas con destino a actuaciones de creación y mejora de las infraestructuras turísticas en la provincia de Teruel con cargo al FITE del año 2017.

    Es finalidad de esta convocatoria, la concesión de ayudas a empresas para la implantación de nuevas actividades turísticas en la provincia de Teruel, así como para la ampliación y/o modernización de las ya existentes.

    Cuantía

    La cuantía disponible asciende a un importe máximo de 1.158.000 euros, La cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario se establecerá teniendo en cuenta la inversión y tipo de actuación a realizar:

    • Actuaciones destinadas a la construcción de nuevos alojamientos turísticos hasta el 20%, siendo necesario acreditar una inversión mínima de 10.000 € y máxima de 300.000 €.
    • Actuaciones destinadas a la modernización de las instalaciones y servicios de los establecimientos existentes hasta el 25%, siendo necesario acreditar una inversión mínima de 10.000 € y máxima de 300.000 €.
    • Actuaciones destinadas a la adquisición de material necesario para el ejercicio de las actividades de turismo activo hasta el 30%, siendo necesario acreditar una inversión mínima de 2.000 € y máxima de 20.000 €.

    Plazo

    El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

  • Subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas

    Subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2251/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    La finalidad de estas subvenciones es apoyar a los emprendedores que se establezcan como trabajadores autónomos por cuenta propia o que pongan en marcha iniciativas emprendedoras de ámbito local que den lugar a microempresas.

    Beneficiarios

    • Para las subvenciones destinadas a emprendedores autónomos previstas en la sección 1.ª del capítulo II de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo: aquellas personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho capítulo y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
      a) Que se establezcan como trabajadores autónomos o por cuenta propia y realicen la actividad en nombre propio.
      b) Que formen parte, en su calidad de trabajadores autónomos o por cuenta propia, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título personal.
      c) Que constituyan una sociedad limitada unipersonal y desarrollen su actividad en la misma.
    • Para las subvenciones para Microempresas – Iniciativas Locales Emprendedoras (MILE) previstas en la sección 2.ª del capítulo II de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo: las microempresas que hayan obtenido del Instituto Aragonés de Empleo la calificación de Iniciativa Local Emprendedora siempre que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y siempre que no haya transcurrido un plazo superior a un año desde el inicio de la actividad empresarial.
    • Para las subvenciones previstas en la sección 3.ª del capítulo II de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo: aquellos emprendedores que en aplicación del artículo 1 del Real Decreto 1044/1985, de 19 de junio, hayan percibido la prestación por desempleo, en su modalidad de pago único, por la totalidad del importe a percibir, y que se constituyan como:
      a) Socios trabajadores o de trabajo de una cooperativa de trabajo o de una sociedad laboral.
      b) Trabajadores autónomos con una discapacidad igual o superior al 33 %.

    Cuantía

    La financiación de esta convocatoria estará constituida por fondos procedentes del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón 2014-2020, por fondos de empleo autonómicos del Gobierno de Aragón destinados a cofinanciar dichos fondos europeos y por fondos de empleo de ámbito estatal transferidos por la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la distribución territorial de fondos a las Comunidades Autónomas a través de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

    Asimismo, podrán incorporarse a la presente convocatoria si fuesen desbloqueados fondos de empleo autonómicos del Gobierno de Aragón (fondo financiador 91002) incluidos en el presupuesto prorrogado de 2016 y que actualmente no se encuentran disponibles en aplicación del artículo 4 de la Orden HAP/1903/2016, de 23 de diciembre, por la que se determinan las condiciones a las que ha de ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón de 2016, hasta la aprobación de la Ley de Presupuestos para 2017.

    Las subvenciones previstas en esta orden podrán contar con una cofinanciación del 50 por ciento, procedente del Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Aragón para el período de 2014-2020, aprobado por decisión de la Comisión Europea de 17 de diciembre de 2015. Dicho Programa contempla dentro del Eje Prioritario 1, dirigido a promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y a favorecer la movilidad laboral, el objetivo específico 8.3.1 de promover el trabajo por cuenta propia, el estímulo empresarial y la creación de empresas.

    El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende a un millón seiscientos cincuenta y dos mil ciento cuarenta y ocho mil euros (1.652.148 €) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el anteproyecto del presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2017 que a continuación se relacionan:

    Aplicación presupuestaria Descripción Crédito

    G/3221 470039 11201 Programa de fomento de empleo de autónomos 433.574 €

    G/3221 470039 91001 Programa de fomento de empleo de autónomos 433.574 €

    G/3221 470039 33003 Programa de fomento de empleo de autónomos 400.000 €

    G/3221 470041 33005 Subvenciones a Empresas Iniciativa+Empleo 325.000 €

    G/3221 480150 33005 Subvenciones cuotas Seguridad Social pago único 60.000 €

  • Subvenciones para formación dirigida a trabajadores desempleados

    Subvenciones para formación dirigida a trabajadores desempleados

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    EXTRACTO de la Orden EIE/2248/2017, de 27 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria anticipada para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a trabajadores desempleados, que incluyan compromisos de contratación por parte de empresas y entidades.

    La presente orden tiene como objeto convocar de manera anticipada para su ejecución a lo largo del año 2018, las subvenciones públicas del Programa de Formación con Compromiso de Contratación, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Aspectos a destacar:

    – Formación a medida de las necesidades de la empresa, bien impartida por la misma o por un centro de formación.

    – Los cursos podrán iniciarse desde la aprobación y hasta el 31 de agosto de 2018.

    – Máximo de 25 alumnos por curso.

    – La empresa se compromete a contratar a, al menos, el 60% de los alumnos con una duración minima de 6 meses y dentro de los 6 meses siguientes a la finalización de la acción formativa.

    – La selección de los participantes se llevará a cabo por el Instituto Aragonés de Empleo en colaboración con la empresa.

    – Cuantía de la subvención a determinar en función del número de alumnos, horas de formación y especialidad formativa.

    – Los modelos de solicitud estarán disponibles en los próximos días en la Oficina Virtual de Trámites en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria:

    • Las empresas o entidades con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón que adquieran para sí mismas el compromiso de contratación de los trabajadores formados en el marco de este programa.
    • Las entidades de formación acreditadas y/o inscritas en la fecha de presentación de la solicitud, en los términos del artículo 15 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en cuyo caso podrán asumir el compromiso de contratación mediante acuerdos o convenios con otras empresas con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón y que efectuarán la contratación. En este caso, será la entidad de formación beneficiaria quién asumirá la responsabilidad de la ejecución de la actividad formativa subvencionada y del cumplimiento del compromiso de contratación.
    • Las agrupaciones de personas jurídicas (empresas o entidades) que, aún careciendo de personalidad jurídica, se comprometan a desarrollar la formación y realizar las contrataciones requeridas, asumiendo cada miembro de dicha agrupación el compromiso de contratar un porcentaje determinado del alumnado hasta completar el porcentaje y los periodos mínimos de contratación exigidos.

    Cuantía

    La cuantía de la subvención a conceder por cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de la misma por el número de alumnos y por el importe del módulo económico recogido en la convocatoria.

    Plazo

    La solicitud podrá presentarse desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y hasta el día 30 de junio de 2018.

    Ficha resumen  

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