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  • Jornada Financiación Inteligente: Estrategias y Riesgos para las PYMES

    Jornada Financiación Inteligente: Estrategias y Riesgos para las PYMES

     

    ¿Estás pensando en una nueva estrategia para tu pyme? ¿Necesitas orientación para conseguir financiación? Ibercaja, AVALIA y CEPYME te presentan una oportunidad!

    Te invitamos a participar en nuestra Jornada de Acceso a la Financiación para PYMEs, un evento diseñado para ofrecerte claridad y guiarte en el camino hacia la financiación.

    Fecha: 10 de julio
    Hora: 9:00 AM
    Lugar: Espacio Explora Ibercaja. Plaza Paraíso, 2. ZARAGOZA

    Durante esta jornada, expertos en financiación te proporcionarán las herramientas y el conocimiento necesarios para que tu empresa pueda aprovechar OPORTUNIDADES financieras disponibles. Descubre las mejores estrategias, resuelve tus inquietudes y conecta con profesionales que están aquí para ayudarte a crecer.

    Reserva tu lugar ahora y da el primer paso hacia la financiación que tu empresa necesita.

     

    Programa

    9:00h: Presentación y bienvenida
    Antonio Lacoma, director territorial en Aragón de Ibercaja

    9.15h: “Ventajas y oportunidades de financiarse a través de una SGR”
    José María García, director general de AVALIA Aragón SGR

    9.30h: Mesa de experiencias a través de las pymes:
    Modera: Nuria Pamplona

    • BARRICADE BRS. Anaïs Juin Vara, directora de Operaciones
    • COCINAS COEM. Andrés Benito Aragón, gerente y fundador
    • ZETA GAMING. Nacho Ortiz de Zárate, cofundador y director de Operaciones

    10.05h: Presentación de conclusiones
    María Jesús Lorente, presidenta de CEPYME Aragón

    10.15h: Foto de familia y café networking

    Inscripción

  • Manifiesto de la pequeña y mediana empresa española

    Manifiesto de la pequeña y mediana empresa española

     

    En la celebración de la Asamblea General anual de CEPYME, cuya inauguración ha estado a cargo de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, y ha sido clausurada por el presidente de CEOE, Antonio Garamendi, la pequeña y mediana empresa ha pedido el cese de la injerencia del Gobierno en la actividad empresarial. Con la lectura pública del Manifiesto de la pyme española por la libertad de empresa, pequeños empresarios de toda España han dado voz al hartazgo y a la preocupación de la pyme española por las consecuencias de las políticas gubernamentales en relación con la empresa. El presidente de CEPYME, Gerardo Cuerva, ha explicado que se trata de denunciar “la situación de ataque que estamos sufriendo, porque es injusta, porque lesiona nuestros legítimos derechos amparados en la Constitución y porque es objetivamente mala para nuestro país”.

    Ante la aprobación continuada de medidas intervencionistas en contra de la empresa española, CEPYME, en representación de toda la pequeña y mediana empresa, ha realizado este Manifiesto, aprobado por los órganos de Gobierno de la Confederación, para pedir la defensa de la libertad de empresa reconocida en el artículo 38 de la Constitución Española. Con este gesto, CEPYME quiere responder a las demandas que le han hecho los empresarios y las organizaciones empresariales. Cuerva ha señalado que solo se podrá hacer frente a esta situación “alzando la voz y levantando la cabeza con orgullo para reclamar nuestro papel protagonista en el crecimiento y el progreso de España, en la generación de innovación y, por supuesto, en la creación de empleo y en el sostenimiento de las políticas de bienestar. Voz de empresarios para defender a empresarios.” Y ha recordado que “nadie va a defendernos si no lo hacemos nosotros.”

    El Manifiesto de la pyme española por la libertad de empresa recoge las líneas que, en opinión de la empresa, el Gobierno no debería transigir con el fin de no interferir en el buen funcionamiento de la actividad empresarial, evitando su coerción y estableciendo obstáculos a su desarrollo. En definitiva, defender la libertad de empresa, cesar el intervencionismo y la estigmatización de la figura del empresario. CEPYME defiende la obtención de beneficios por parte de las empresas. Un texto, como ha explicado el presidente de CEPYME, “en el que defendemos la dignidad y la libertad empresarial; en el que denunciamos la situación a la que se nos aboca desde el Gobierno a las pymes españolas; en el que señalamos aquellos ámbitos en los que se nos ataca reiteradamente: desde el diálogo social y la negociación colectiva, hasta la sobrerregulación o los intentos de control de la empresa, pasando por la intervención salarial, los costes sociales o la fiscalidad. En el que pedimos que esa actitud sea corregida.”

    El contenido del Manifiesto se divide en diferentes bloques:

    • Por la dignidad empresarial.
    • Por el cese del control y la sobrerregulación.
    • Por el respeto a la negociación colectiva.
    • Por la no intervención salarial.
    • Por la flexibilidad interna y la no injerencia en los recursos de la empresa.
    • Por unas cargas sociales y fiscalidad que no lastren la competitividad.
    • Por el respeto al diálogo social.

    Descargar Manifiesto de la pyme

  • ¿Sabías que Hacienda tiene vinculadas todas las referencias catastrales con el consumo de energía eléctrica?

    ¿Sabías que Hacienda tiene vinculadas todas las referencias catastrales con el consumo de energía eléctrica?

     

    La disposición adicional tercera del Real Decreto 1804/2008, de 3 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, se modifica el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por el Real Decreto 1270/2003, y se modifican y aprueban otras normas tributarias, estableció la obligación periódica de las compañías prestadoras de los suministros de energía eléctrica de proporcionar información a la Administración tributaria relativa a la identificación de los titulares de contratos de suministro, así como la referencia catastral del inmueble y su localización.

    Para cumplir con esta obligación de información se aprobó la declaración anual de consumo de energía eléctrica (modelo 159), mediante la Orden EHA/2041/2009, de 16 de julio, que recoge el suministro de información realizado por las comercializadoras de energía eléctrica respecto de cada contrato de suministro, en particular, de la potencia contratada y el consumo anual de kilovatios.

    A fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones informativas se modifica el modelo 159 a fin de dar entrada a nuevos supuestos hasta ahora no regulados:

    • Por un lado, el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía, dado que el bono social conlleva un descuento en la factura eléctrica de sus beneficiarios que se traduce en una reducción del importe facturado.
    • Los supuestos de consumidores que optan por alternativas de autoconsumo y que pueden suscribir con las comercializadoras de energía un contrato para el autoconsumo de la energía generada, recibiendo una compensación por la energía excedentaria no consumida que se vierta a la red de distribución eléctrica. Este contrato se materializa en una reducción del consumo de energía no renovable, con la consiguiente mejora en la calificación energética de los inmuebles.

    Orden completa

  • Ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas

    Ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas

     

    Se convocan ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

     

    Beneficiarios

     

    Dirigido a destinatarios últimos que realicen alguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado:

    • Personas físicas.
    • Personas jurídicas.
    • Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro
    • Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Será subvencionable la realización de instalaciones de energías renovables térmicas en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial.

     

    Cuantía

     

    Para el Programa de incentivos 1, el importe a otorgar a la instalación de producción de energía renovable térmica será de 35 puntos porcentuales sobre el coste subvencionable para todas las actuaciones subvencionables.

    La intensidad de ayuda se incrementará en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a pequeñas empresas y en 5 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a medianas empresas.

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas finaliza el 31 de julio de 2024.

    Más información

  • Ayudas para la creación y consolidación del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales

    Ayudas para la creación y consolidación del empleo en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales

     

    Convocadas las subvenciones para la creación y consolidación del empleo y mejora de la competitividad en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales.

    La finalidad de estas subvenciones es fomentar la incorporación, con carácter indefinido, como socias trabajadoras en cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales aragonesas, de personas desempleadas y de personas trabajadoras con contrato de trabajo temporal o indefinido en la misma cooperativa o sociedad laboral en la que se integran como socias, así como apoyar al desarrollo de proyectos de creación y modernización de este tipo de empresas de economía social, mediante la mejora de su competitividad, facilitando así su consolidación.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales que desarrollen su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón para las siguientes actuaciones:

    • Incorporación con carácter indefinido de personas socias trabajadoras a cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales
    • Adquisición de inmovilizado que contribuya a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas de trabajo asociado y sociedades laborales ya constituidas
    • Prestación de asistencia técnica

     

    Plazos de solicitud

     

    Para las subvenciones por incorporación de personas socias trabajadoras: un mes contado desde la fecha de alta en Seguridad Social o, cuando se trate de trabajadores vinculados a la empresa por contrato de trabajo o relación de carácter temporal o indefinida, desde la fecha de su incorporación como persona socia trabajadora con carácter indeifnido.

    Para la subvención directa para inversiones, sin perjuicio del límite establecido en el apartado 9 del artículo 13 de las bases reguladoras, en lo que se refiere a la validez de las facturas o documentos justificativos: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo ejecutable.

    Para inversiones que se hubiesen realizado con anterioridad a su entrada en vigor, el plazo de solicitud será el previsto en la Orden EIE/607/2016, de 6 de junio:

    • A lo largo de los tres primeros años de actividad para los supuestos de empresas de nueva creación.
    • En el plazo de un mes desde la incorporación de las nuevas personas socias trabajadoras.

    Para la subvención de asistencia técnica por contratación de director o gerente: un mes a contar desde la fecha de alta en Seguridad Social.

    Para la subvención de asistencia técnica por contratación de estudios, informes o asesoramiento: un mes desde que se haya hecho efectivo el último pago elegible dentro del periodo subvencionable.

    Más información

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