Mes: mayo 2021

  • Abiertas las convocatorias permanentes del PEAC

    Abiertas las convocatorias permanentes del PEAC

     

    La Agencia de las Cualificaciones Profesionales de Aragón abre la convocatoria de los procesos de evaluación y acreditación de competencias (PEAC) con carácter permanente, referidas a unidades de competencia incluidas en diversos títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad ofertados en la Comunidad Autónoma de Aragón y a aquellas unidades de competencia que no estén incluidas en dicha oferta, pero que sean de interés para la población trabajadora aragonesa.

    El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de CompetenciasPEAC, es un procedimiento que permite ACREDITAR competencias profesionales que han adquirido las personas, a través de su experiencia laboral, facilitando la obtención del título de Formación Profesional o el Certificado de Profesionalidad vinculado a esa cualificación. Como NOVEDAD la Agencia de las Cualificaciones de Aragón publica convocatorias Abiertas permanentes, de forma que a partir de ahora te puedes acreditar cuando lo desees.

    Convocatorias permanentes abiertas

     

     

    Periodo de inscripción

     

    El periodo de inscripción a las convocatorias estará abierto de manera permanente; si bien, estas se irán publicando progresivamente en la página web de la Agencia de Cualificaciones de Aragón, para adaptar así los recursos y la realización del propio proceso.

     

    ¿Cómo realizar la inscripción?

     

    La inscripción se realizará a través del acceso a la aplicación informática, en la misma web y se presentará junto con la documentación, en la sede electrónica del Gobierno de Aragón de manera telemática, en el Centro Gestor o por Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

     

    ¿Tienes alguna duda?

     

    CEPYME Aragón colabora con la Agencia de las Cualificaciones en la labor de difusión e información de estos procedimientos.

    Si tienes alguna duda puedes ponerte en contacto con nosotros a través del correo electrónico peac@cepymearagon.es o llamando al 976 76 60 60.

  • Abierta la convocatoria de los Premios QIA 2021

    Abierta la convocatoria de los Premios QIA 2021

     

    Se abre la convocatoria del Premio Quality Innovation Award (QIA).

    Este Premio fue creado en 2007 para fomentar el surgimiento y desarrollo de innovaciones de producto, de proceso u organizativas. El Premio tienen una primera fase nacional, organizada por la Asociación de Centros de Excelencia y una segunda fase internacional a la que se presentan los proyectos ganadores en la fase nacional.

     

    ¿Qué es una Quality Innovation?

     

    Es una innovación que responde a estas 5 características:

    • Novedad: Es un producto, un servicio, una solución tecnológica, un cambio organizativo…que satisface y excede las necesidades de los clientes, o de la sociedad o del medio ambiente de un modo novedoso o significativamente revisado.
    • Utilidad: Ha sido implementada y presenta argumentos sólidos de cómo se aplica en la realidad esa innovación. Es una innovación práctica y útil para alcanzar los beneficios deseados.
    • Aprendizaje: Está basada en una nueva idea o descubrimiento, sobre la base de un conocimiento existente o ha surgido como fruto de un proceso de desarrollo sistemático.
    • Orientación al cliente: Da respuesta, satisface o excede necesidades actuales y/o futuras de los clientes y/o otros grupos de interés.
    • Efectividad: Presenta resultados e indicadores del éxito de esa innovación en los clientes, en las personas, en la sociedad o en el medio ambiente.

     

    ¿Cuáles son las categorías?

     

    Las categorías de la competición son:

    • Microempresa & Startups – Facturación menor a 2 millones y menos de 10 personas.
    • Pyme – Facturación menor a 50 millones y menos de 250 personas.
    • Gran Empresa – Facturación superior a 50 millones y/o más de 250 personas.
    • Economía circular y huella de carbono – Innovaciones con un foco claramente medioambiental.
    • Sector Sanitario – Innovaciones dirigidas al sector sanitario.
    • Sector público – Innovaciones en el sector público/administración local.
    • Sector Educativo – Innovaciones dirigidas al sector educativo.
    • Potencial – Planeamientos de innovación que aún no se han llevado a la práctica o no tienen resultados.

     

    Plazos de presentación

     

    • 15 de mayo a 30 de junio: PREINSCRIPCIÓN ONLINE
    • 1 de julio a 6 de septiembre: ENVÍO CANDIDATURA ONLINE
    • 7 de septiembre a 19 de octubre:  EVALUACIÓN Y ELECCIÓN PREMIADOS FASE NACIONAL
    • Diciembre: GALA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS FASE NACIONAL
    • Noviembre – diciembre: EVALUACIÓN FASE INTERNACIONAL
    • Febrero 2022: GALA DE ENTREGA DE LOS PREMIOS FASE INTERNACIONAL (MOSCÚ).

    Más información

  • El empresario aragonés Javier Ferrer, nombrado vicepresidente del Consejo Económico y Social

    El empresario aragonés Javier Ferrer, nombrado vicepresidente del Consejo Económico y Social

     

    Javier Ferrer, vicepresidente de CEOE Zaragoza, vicepresidente de CEPYME Aragón, presidente de la Federación de Empresarios del Metal de Zaragoza y miembro del Comité Ejecutivo de CEOE Aragón, ha sido nombrado esta mañana vicepresidente del Consejo Económico y Social (CES).

    El pasado mes de enero, el empresario aragonés entró a formar parte de este órgano consultivo en materia socioeconómica y laboral en representación de las organizaciones empresariales. Cuatro meses después, Ferrer ha tomado posesión del cargo de vicepresidente a propuesta de CEOE y CEPYME nacional.

    Se trata de la segunda vez en la historia que esta plataforma institucional que refuerza la participación de los agentes sociales en la vida económica y social de España, cuenta con un aragonés en la vicepresidencia, tras el jacetano José María Lacasa.

     

    Qué es el CES

    El CES es el órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral y está formado por 60 miembros distribuidos en tres grupos: 20 vocalías en representación de las organizaciones sindicales, 20 vocalías en representación de las organizaciones empresariales y 20 vocalías en representación de los sectores agrario, pesquero, de la economía social, y de los consumidores y usuarios y seis expertos nombrados por el Gobierno.

    Este órgano constituye un canal de comunicación permanente entre los agentes económicos y sociales y el Gobierno, haciendo más fluida la relación y colaboración entre los mismos. Se trata, en definitiva, de la plataforma del Diálogo Social institucionalizada.

  • Ayudas para PYMEs de actividad industrial en los sectores textil-confección y calzado

    Ayudas para PYMEs de actividad industrial en los sectores textil-confección y calzado

     

    (BOA 25/05/2021)

    El Gobierno de Aragón convoca, para el ejercicio 2021, ayudas destinadas a proyectos empresariales de las PYME, con actividad industrial vinculada a los sectores del textil-confección y del calzado, para la realización de las actuaciones previstas en el dispositivo segundo de esta Orden, en el marco del Programa de Ayudas a la Industria y la PYME en Aragón (PAIP). Estas ayudas consisten en subvenciones a fondo perdido a conceder en régimen de concurrencia competitiva y tienen la consideración de ayudas “de minimis”.

     

    Beneficiarios

     

    Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) del sector textil-confección o del sector del calzado, que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    El beneficiario deberá contar con la necesaria solvencia técnica y económica para el desarrollo del proyecto empresarial presentado. En el caso de que el órgano instructor de las ayudas detectase indicios fundamentados que pusieran en duda esa solvencia, éste podrá requerir al solicitante para que aporte los datos y documentación necesarios para aclarar dicho extremo.

    No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones y que sean de aplicación a los sujetos definidos en este dispositivo como beneficiarios.

    No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como quienes tengan alguna deuda pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma.

     

    Actuaciones subvencionables

     

    Las ayudas podrán concederse dentro de las siguientes categorías:

    Ayudas regionales a la inversión:

    a) Una inversión en activos, materiales o inmateriales, para la creación de un nuevo establecimiento, para la ampliación o modernización de un establecimiento existente, para la diversificación de la producción o para un cambio en el proceso general de producción.

    Ayudas a la investigación industrial y desarrollo experimental:

    b) Proyectos de investigación industrial, que consistan en la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes; comprende la creación de componentes de sistemas complejos y puede incluir la construcción de prototipos en un entorno de laboratorio o en un entorno con interfaces simuladas con los sistemas existentes, así como líneas piloto, cuando sea necesario para la investigación industrial y, en particular, para la validación de tecnología genérica.

    c) Proyectos de desarrollo experimental, que consistan en la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también, por ejemplo, actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

    Ayudas a la innovación:

    d) Podrán ser objeto de ayuda los costes asociados a la obtención, validación y defensa de patentes y otros derechos de propiedad industrial.

    Ayudas para servicios de consultoría técnica:

    e) Podrán ser objeto de ayuda los costes de servicios de consultorías de carácter técnico contratados. Estos servicios no podrán consistir en actividades permanentes o periódicas, ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.

    El período para realizar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) comienza el 1 de octubre de 2020 y se extiende hasta el 30 de septiembre de 2021, ambas fechas inclusive, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

     

    Cuantía

     

    La intensidad bruta de las ayudas, expresada en porcentaje de los gastos subvencionables, y las cuantías máximas que se podrán conceder serán las siguientes:

    Categoría de ayudas regionales a la inversión

    Intensidad de la ayuda (%)

    Ámbito geográfico Microempresa Empresa Pequeña Empresa Mediana
    Huesca 60% 50% 40%
    T.M Zaragoza 50% 40% 30%
    Resto provincia Zaragoza 60% 50% 40%
    Teruel 70% 60% 50%

     

    Resto de categorías de ayudas

    Intensidad de la ayuda (%)

      Microempresa Empresa Pequeña Empresa Mediana
    Investigación y desarrollo industrial 80% 70% 60%
    Innovación-Propiedad Industrial 70% 60% 50%
    Consultoría estratégica 70% 60% 50%

     

    Plazo

     

    El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas será de un mes calculado a partir del día siguiente de la publicación en el “Boletín Oficial de Aragón” de esta convocatoria.

    Orden completa

  • ¿Cómo hacer el registro retributivo?

    ¿Cómo hacer el registro retributivo?

     

    El pasado 14 de abril entró en vigor el Real Decreto 902/2020 de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres que establece medidas específicas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y a la no discriminación entre mujeres y hombres en materia retributiva, y desarrolla los mecanismos que permiten identificar y corregir la discriminación en este ámbito.

    El Real Decreto establece la obligación para empresas y convenios colectivos de integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva, orientado a la identificación de discriminaciones derivadas de la incorrecta valoración de puestos trabajo. Este principio de transparencia se deberá aplicar en los registros retributivos, en las auditorías retributivas, en el sistema de valoración de puestos de trabajo y en el derecho de información de las personas trabajadoras.

    Todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras que tengan, deberán contar con un registro retributivo de toda su plantilla, incluyendo al personal directivo y altos cargos. Se trata de una obligación ya existente a la entrada en vigor del RD 902/2020, RD que ahora desarrolla su contenido. El registro incluirá los valores medios de los salarios, complementos salariales y percepciones extrasalariales desagregados por sexo. Además, deberá establecerse la media aritmética y la mediana de lo realmente percibido por cada grupo o categoría profesional, puesto, nivel…. con un periodo de referencia que con carácter general será de un año natural.

    Este registro será accesible para toda la plantilla a través de la representación legal de las personas trabajadoras. En caso de no existir representación legal no se dará a conocer el contenido íntegro del mismo, sino que se informará de las diferencias porcentuales que existieran en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres, que también deberán estar desagregadas en atención a la naturaleza de la retribución y el sistema de clasificación aplicable.

     

    ¿Cómo hacer el registro retributivo?

     

    Las organizaciones sindicales y patronales y elaborada de manera conjunta por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y el Instituto de las Mujeres del Ministerio de Igualdad han publicado una herramienta de Registro Retributivo que incorpora un modelo voluntario de registro retributivo que permite a las empresas cumplir con la obligación establecida.

    La herramienta cuenta con:

    • Guía de uso en formato pdf que proporciona las indicaciones necesarias para poder rellenar el fichero adecuadamente con los datos de la plantilla y posteriormente obtener a través de sus cálculos automatizados y tablas dinámicas los resultados de manera fácil. La automatización de la herramienta posibilita su uso con unos conocimientos de Microsoft Excel a nivel usuario/a.

    Descargar guía de uso

    • Fichero Excel en el que se deben incorporar los datos y a partir de ellos, de forma automatizada, la aplicación realizará los cálculos necesarios para los análisis.

    Descargar modelo

    • Fichero Excel con un ejemplo de uso, a través del cual se facilita la comprensión de los pasos a seguir para su cumplimentación.

    Descargar ejemplo

     

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