Ya se puede acceder en la página web de la AEAT a la aplicación on line para el cálculo de las retenciones por IRPF a aplicar a nóminas y salarios que se devenguen y satisfagan en el 2019.
Mes: enero 2019
-

Bases y tipos de cotización para el 2019

En la página web de La Seguridad Social se publica cuadro actualizado con las bases y los tipos de cotización aplicables en 2019 y que recogen las novedades ya comentadas en anteriores Circulares.
En resumen, destacamos:
1.- Régimen General:
- base máxima: 4.070,10 euros
- base mínima: 1.050 euros.
La base mínima equivale al Salario Mínimo Interprofesional (900 euros) incrementado por el prorrateo de las pagas extras (900 euros / 12 meses x 2 pagas extras).
Se han incrementado los tipos de cotización por accidentes de trabajo aplicables a determinadas actividades y el tipo de cotización aplicable al personal en trabajos exclusivos de oficina ( código de ocupación a/): el tipo de cotización pasa al 1,50%. (antes 1%)
La cuota empresarial por contingencias comunes se incrementa en un 40% en los contratos temporales de duración igual o inferior a cinco días. Además, el recargo- que se aplicaba antes a los contratos temporales inferiores a 7 días – se aplica ahora también a los contratos de interinidad.
Desaparece el contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, así como la bonificación del 50% en la cuota empresarial por contingencias comunes que existía en los contratos en prácticas.
2.- RETA:
- base máxima: 4.070,10 euros
- base mínima: 944,40 euros.
Las bases mínima y máxima en el RETA dependen de la edad y circunstancias de cada trabajador autónomo, en especial, la edad de este a 1 de enero.
Una de las novedades más importantes es la obligatoriedad de cotizar por todas las contingencias que hasta ahora tenían carácter voluntario: por contingencias profesionales (accidentes de trabajo), por cese de actividad (el paro de los autónomos) y también por formación profesional. Se recuerda también que dese enero de 2019, el paro de los autónomos se puede cobrar durante 24 meses. (hasta ahora, como máximo, durante 12 meses).
3.- Empleados del hogar: las bases dependen directamente de la retribución percibida por éstos (véase).
4.- Otra información:
– Se puede consultar el Proyecto de la Orden de desarrollo de las normas de cotización a la Seguridad Social para 2019:
– Se recuerda que las últimas modificaciones en materia laboral pretenden perseguir la figura del “falso autónomo”: se tipifica como infracción grave que una empresa comunique la baja de un trabajador en el Régimen General, pese a que continúe la misma actividad laboral o mantengan idéntica prestación de servicios, sirviéndose de un alta indebida en el RETA. Dicha infracción se sancionará con una multa de entre 3.126 y 10.000 euros.
– Es obligatorio cotizar por las prácticas realizadas por estudiantes, aunque éstas no tengan carácter remunerado.
-

CEPYME Aragón analiza el nivel de digitalización de pymes y autónomos de Zaragoza de la mano del Ayuntamiento de Zaragoza
Las pymes zaragozanas apuestan por la digitalización como una oportunidad para mejorar su competitividad y abordar el cambio de modelo productivo hacia un sistema menos sujeto a los ciclos económicos. Un proceso de trasformación al que ya se ha sumado mayoritariamente el sector industrial y que requiere ahora su extensión al comercio. Estas son las principales conclusiones del estudio ‘La digitalización como punto de partida para la transformación digital en las pymes y los autónomos de Zaragoza’, que ha realizado la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME Aragón), mediante el convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Zaragoza y esta entidad.
La concejala de Educación e Inclusión (competente en materia de comercio), Arantza Gracia, ha presentado hoy los resultados de este estudio junto a Aurelio López de Hita, presidente de CEPYME Aragón, y Ángel María Echeverría, gestor de Innovación de Zabala Innovation Consulting, la empresa que ha ejecutado este proyecto con un presupuesto de 62.500 euros a cargo del Ayuntamiento de Zaragoza.
Mediante esta iniciativa se ha llevado a cabo un análisis de la estrategia actual europea para la digitalización de pymes, se han realizado acciones de concienciación e información en este ámbito, y un diagnóstico del nivel de digitalización de pymes y autónomos de Zaragoza, tanto industriales como comerciales y de servicios. Para ello se han efectuado más de 120 encuestas en los sectores industrial, comercial y de servicios en el municipio de Zaragoza.
Este análisis revela que prácticamente la totalidad de las empresas relacionadas con la industria en Zaragoza utilizan las nuevas tecnologías para su actividad diaria en sus relaciones con proveedores y clientes mientras que en comercio y servicios ese porcentaje disminuye notablemente hasta un 52%.
La importancia de la digitalización es considerada como alta o muy alta por un 79% en la industria y un 64% de los encuestados en el comercio y servicios. Un 63% de los encuestados considera tener un conocimiento alto o muy alto en digitalización en la industria, mientras que ese porcentaje queda en un 32% en el caso de comercio y servicios.
Pese a que la totalidad de las empresas disponen de página web y redes sociales, su uso es principalmente expositivo, siendo su explotación comercial claramente mejorable, ya que un 52% en el comercio y menos de un 50% en la industria los utiliza con este fin. Tan solo un 27% de las empresas industriales y un 38% de los comercios y servicios entrevistados actualiza los datos de internet y redes sociales con una periodicidad semanal o inferior ofreciendo novedades a sus clientes reales y potenciales.
El estudio concluye que, para considerar la digitalización como una buena solución, debe afrontarse previamente con una preparación eficiente. Para ello, la digitalización no debe abordarse desde el punto de vista exclusivo de la tecnología, sino de las personas y de la transformación de los modelos de negocio, siendo la digitalización un simple instrumento para alcanzar un fin, aplicado a diferentes áreas de negocio.
-

Entrega del Premio “Aragón, comprometido con la prevención”
Día: 30 enero
Hora: 11.30 horas
Lugar: Edificio de la DGA en Plaza San Pedro Nolasco (Edificio Maristas)El próximo 30 de enero de 2019 tendrá lugar la entrega del Premio “Aragón, comprometido con la prevención”. El evento tendrá lugar a las 12:00 h en el edificio del Gobierno de Aragón situado en la Plaza San Pedro Nolasco (Edificio Maristas).
El Premio surge del compromiso del Consejo Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (CASSL) de promocionar las políticas de mejora en la gestión de la prevención de riesgos laborales.
PROGRAMA
11:30 h Recepción de asistentes 12:00 h Inauguración Mª Soledad de la Puente Sánchez, directora general de Trabajo del Gobierno de Aragón
12:15 h Ponencia: “Prevenir para avanzar: retrato de una sociedad acelerada” Azucena Vega Amuchástegui, experta en comunicación, diseño de objetivos y creatividad.
12:45 h Entrega de premios 13:30 h Clausura Marta Gastón Menal, consejera de Economía, Industria y Empleo,
-

Subvenciones para inversiones en el sector del vino

Beneficiarios
- Las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados el anexo VII parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
- Las organizaciones de productores vitivinícolas, reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.
- Las asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II de dicho Reglamento. Las asociaciones deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
- Las organizaciones interprofesionales.
Objeto
Subvenciones destinadas a fomentar las inversiones en el sector del vino para el año 2019. Dichas inversiones se referirán a la producción, comercialización o ambas de los productos vitivinícolas mencionados en el anexo VII, parte II del Reglamento (UE) n.º 1308/20013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y que se hayan producido en territorio español,
Cuantía
El procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en esta convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
De conformidad con el artículo 72 del Real Decreto 5/2018, de 13 de enero, el porcentaje máximo de ayuda en relación con los costes de inversión admisibles al que se refiere el artículo 50.4 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 será del 40 %. Adicionalmente, al tipo de ayuda se le aplicarán las siguientes consideraciones:
El 40% se aplicará a las microempresas y pequeñas y medianas empresas, según se definen en la Recomendación 2003/361/CE, de la Comisión, de 6 de mayo de 2003.
Para las empresas que no están cubiertas por el título I, artículo 2, apartado 1 de la Recomendación 2003/361/CE con menos de 750 empleados o cuyo volumen de negocios sea inferior a 200 millones de euros, la intensidad de ayuda será el 50% del tipo de ayuda máximo (40%).
Para las empresas que no están cubiertas por el título I, artículo 2, apartado 1 de la Recomendación 2003/361/CE con 750 o más empleados y cuyo volumen de negocios sea igual o superior a 200 millones de euros, la intensidad de ayuda será el 25% del tipo de ayuda máximo (40%).
En todos los casos, incluidos los supuestos de grandes empresas, para determinar el número de empleados y el volumen de negocios de los solicitantes, se utilizarán los criterios de cálculo establecidos en la Recomendación 2003/361/CE, de la Comisión.
Cuando el solicitante sea una asociación de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII parte II del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sin actividad económica, para calcular la ayuda se hará proporcionalmente a la participación de cada uno de los productores en la inversión, de acuerdo al tipo de ayuda que tendría cada productor de forma independiente.
Plazo
El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación de la presente Orden en el “Boletín Oficial de Aragón”, y finalizará el día 31 de enero de 2019.


