Mes: octubre 2018

  • Cursos bonificables de CEPYME Aragón 2018

    Cursos bonificables de CEPYME Aragón 2018

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    A continuación mostramos el listado de acciones formativas bonificables*, a impartir próximamente y organizadas por CEPYME Aragón.

    Modalidad ONLINE:

    (*) Cursos bonificables para trabajadores en régimen general a cargo del crédito de su empresa

    Acción Formativa Horas Comienzo Coste Matrícula
    Cuestionarios colaborativos: Kahoot! 6 20/11/2018 45 €
    Contabilidad: Cuentas anuales 20 20/11/2018 140 €
    Microsoft Excel 2016 básico 30 13/11/2018 185 €
    Microsoft PowerPoint 2016 30 13/11/2018 185 €
    Microsoft Word 2016 básico 30 13/11/2018 185 €
    Presto 2018 20 20/11/2018 140 €
    Adobe Photoshop 40 13/11/2018 230 €
    Finanzas para no financieros 40 13/11/2018 230 €
    Posicionamiento en buscadores: SEO y SEM 40 13/11/2018 230 €
    Microsoft Excel 2016 avanzado 30 13/11/2018 185 €
    Microsoft Word 2016 avanzado 30 13/11/2018 185 €

     

    Modalidad PRESENCIAL – Bonificables – Gestión Incluida:

    (*) Cursos bonificables para trabajadores en régimen general a cargo del crédito de su empresa.
    Gestión por parte de Cepyme Aragón incluida en el coste.

    Acción Formativa Horas Inicio Coste Matrícula
    Gestión de equipos. Motivación y Sistemas de Retribución 14 26/11/2018 220 €
    Excel y Cuadros de Mando. Diseño y utilización 14 10/12/2018 230 €

     

    CEPYME facturará por la gestión de las bonificaciones un 10% del PVP del coste del curso más IVA (Con carácter general el IVA no es bonificable).

    Si estás interesado en participar debes cumplimentar tu preinscripción pinchando en el curso correspondiente, donde podrás encontrar también los objetivos y los contenidos de los cursos relacionados.

    Para cualquier duda que pueda surgir, ponte en contacto con nuestro Departamento de Formación (976 766 060).

  • Guía de incentivos a la contratación de personas con discapacidad

    Guía de incentivos a la contratación de personas con discapacidad

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    Fundacion ONCE a través de Inserta Empleo ha elaborado la Guía de incentivos a la contratación de personas con discapacidad con el objetivo de promover el empleo de las personas con discapacidad y su integración en el mercado laboral. La Guía pretende facilitar a empresas y empleadores un documento de referencia en el que puedan consultar los incentivos, principalmente en forma de subvenciones o bonificaciones y reducciones a la Seguridad Social, de aplicación a la contratación de las personas con discapacidad.

    El documento se divide en dos grandes secciones: la primera, dedicada a los incentivos estatales para la contratación de personas con discapacidad; y la segunda, acerca de los incentivos de aplicación en las Comunidades Autónomas.

    Descargar guía

  • Subvenciones para la realización de actividades de dinamización y promoción comercial en el año 2018

    Subvenciones para la realización de actividades de dinamización y promoción comercial en el año 2018

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    EXTRACTO de la resolución de la M.I. Presidencia del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza de fecha 9 de octubre de 2018 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de actividades de dinamización y promoción comercial en el año 2018.

    Beneficiarios

    Podrán ser beneficiarias de la presente convocatoria las asociaciones comerciales, siempre que más del 50% de sus miembros sean empresarios o autónomos que desarrollen su trabajo en empresas del sector comercial en cualquiera de sus tipos (minorista, detallista o ambulante), que, reuniendo los requisitos generales establecidos en la Ordenanza General Municipal sobre Subvenciones, presenten un proyecto conforme a las cláusulas de esta convocatoria.

    Podrán ser objeto de subvención los proyectos que se desarrollen íntegramente en el término municipal de Zaragoza encaminados a la realización de acciones para la promoción y dinamización del comercio de la zona y el desarrollo de las líneas del Plan de apoyo al comercio de proximidad, según lo establecido en la cláusula cuarta. En ningún caso la cuantía de la subvención que se conceda sobrepasará el importe solicitado por la asociación indicado en el anexo I de esta convocatoria.

    El proyecto presentado por la asociación comercial solicitante podrá contar para su desarrollo con la colaboración activa de una o más asociaciones de vecinos; asimismo, podrá contar con la colaboración de otras asociaciones comerciales. La colaboración entre la asociación comercial solicitante, las asociaciones de vecinos (como mínimo una) y, en su caso, las otras asociaciones comerciales, se denominará en adelante “Partenariado”. Este partenariado deberá quedar reflejado en un acuerdo escrito de colaboración firmado entre las diferentes asociaciones participantes en el proyecto.

    Si el proyecto presentado se instrumenta a través de un partenariado, todas las asociaciones de este partenariado deberán desarrollar su actividad en el término municipal de Zaragoza, tener su sede en Zaragoza y estar inscritas en el censo municipal de entidades ciudadanas del Ayuntamiento de Zaragoza. Todas las asociaciones del partenariado deberán haber justificado las subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza y Zaragoza Dinámica, manifestada favorablemente la conformidad a las mismas por el órgano municipal competente.

    Cuantía

    La cuantía máxima prevista para esta convocatoria asciende a 270.000 euros, que podrá ser atendida con aplicación a la partida presupuestaria 2018.06-2411- 48013-Plan local de comercio, del presupuesto del Instituto Municipal de Empleo y Fomento Empresarial de Zaragoza (Zaragoza Dinámica).

    La cantidad mínima a otorgar a cada beneficiario será de 2.000 euros, quedando excluidos aquellos proyectos cuyo importe no alcance la citada cantidad una vez aplicados los criterios de valoración establecidos en la cláusula decimoquinta.

    La cantidad máxima a conceder a cada beneficiario no podrá superar el 80% del presupuesto del proyecto presentado, con el límite de 15.000 euros, o, en su caso, el límite del presupuesto disponible.

    El solicitante deberá presentar una previsión del gasto corriente a realizar entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018, incluyendo el gasto corriente ya realizado a la fecha de presentación de la solicitud.

    La cuantía de la subvención vendrá determinada por el importe de gasto corriente presentado en la solicitud (según párrafo anterior) y por los coeficientes del cálculo que se obtenga en función del número final de beneficiarias y las puntuaciones obtenidas por estas.

    Plazo

    El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOPZ.

  • Instrucción sobre interpretación y aplicación de las nuevas medidas relativas al impuesto sobre sucesiones y donaciones

    Instrucción sobre interpretación y aplicación de las nuevas medidas relativas al impuesto sobre sucesiones y donaciones

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    Con motivo de la entrada en vigor próximo día 1 de noviembre de 2018 de  Ley 10/2018, de medidas relativas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en la que se establecen diversas reducciones y bonificaciones en este impuesto, desde la Dirección General de Tributos, se publica la Instrucción 1/2018, que intenta orientar sobre los criterios que se aplicarán en el procedimiento tributario en esta Administración, resolviendo dudas sobre la aplicación de las reformas introducidas en la citada Ley.

    Instrucción

  • Calendario Contribuyente. NOVIEMBRE 2018

    Calendario Contribuyente. NOVIEMBRE 2018

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