Análisis de la sentencia que establece que las prestaciones por maternidad deben estar exentas en el IRPF

El Tribunal Supremo considera que la prestación por maternidad a cargo del INSS puede subsumirse en el supuesto del párrafo tercero letra h del artículo 7 de la Ley del IRPF: “igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad”.

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